Se podrá acceder al listado de podadores autorizados escaneando el QR o en la página del municipio: www.coronelsuarez.gob.ar . Tras la poda, no deberán quedar ramas en calles o vereda obtaculizando la circulación y/o el tránsito. Siendo obligación del frentista y/o podador su retiro. Evite multas. Ordenanza 7550
Sabías que para realizar la poda del arbolado urbano:
Tenés que contar con autorización municipal.
Dicha autorización la solicitas -EL FRENTISTA- en el corralón municipal (Av. Teresita de Castilla 764)
Una vez culminadas las tareas de poda, no deben quedar ramas en la vereda, ni en la calle. El retiro queda a cargo del frentista y/o podador.
Quién realice las tareas de poda de arbolado urbano, debe estar inscripto en el Registro de Podadores Particulares habilitados por el municipio.
El registro, está a disposición del frentista en la página web del municipio y en el corralón municipal: www.coronelsuarez.gob.ar
Ante el incumplimiento de la Ordenanza 7550, se procederá a sancionar con multa.
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